miércoles, 14 de noviembre de 2018

Corte Constitucional eliminó el IVA a toallas higienicas y tampones.

La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible la norma que establecía el impuesto del 5% a varios artículos de uso de las mujeres, como toallas higiénicas y tampones.

Dentro de sus argumentos, el alto tribunal consideró que con este tipo de impuestos se genera una discriminación de género y por lo tanto vulnera derechos fundamentales.

La mayoría de magistrados de la Corte Constitucional acogieron los argumentos de la magistrada Gloria Stella Ortiz, quien advertía que gravar este tipo de productos de primera necesidad de la mujer era discriminatorio.

La corte analizó la demanda contra el artículo 185 de la ley 1819 de 2016, sobre la reforma tributaria, que imponía una tarifa del 5% de IVA a los productos de primera necesidad para las mujeres.

En la demanda se advertía que, si bien en la última reforma tributaria se redujo de 16 a 5% el IVA para estos artículos, no había argumentos para continuar con cualquier punto de gravamen, por lo que solicitó la inexequibilidad de la norma.

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